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Derecho de Familia

Custodia y visitas

¿Con quién se queda mi hijo y cómo aseguro verlo?

La custodia define con quién vive el niño en el día a día. Las visitas —hoy se llaman régimen de comunicación— definen cuándo lo ve el otro padre. Ojo con esto: aunque un padre no tenga la custodia, sigue siendo padre y conserva sus derechos y sus deberes. La ley decide mirando qué le conviene al niño, no quién tiene más razón en la pelea.

¿Esto es tu caso?

  • Se separaron y no se ponen de acuerdo sobre dónde vive el niño
  • No te dejan ver a tu hijo, o te ponen condiciones para verlo
  • Se lo llevaron a otra ciudad sin avisarte
  • El niño está en un ambiente que te preocupa
  • Hay un acuerdo pero el otro padre no lo cumple

Si te reconociste en una sola de estas, vale la pena que lo revisemos.

Contarle mi caso a un abogado

Te responde una persona, no un robot. La primera valoración no tiene costo.

Tu ruta, paso a paso

Así se maneja normalmente un caso como el tuyo.

  1. 1

    Conciliar ante la Comisaría de Familia o el Defensor de Familia

    Se acuerda con quién vive el niño, qué días lo ve el otro padre, cómo se reparten vacaciones, diciembre y cumpleaños. Entre más concreto el acuerdo, menos conflicto después. El acta obliga a las dos partes.

    Entre 2 y 6 semanas

  2. 2

    Demandar ante el Juez de Familia si no hubo acuerdo

    El juez decide. Escucha a los dos padres, y según la edad, también al niño. Puede ordenar informes de trabajo social o psicología para entender la situación real de la familia.

    Varios meses

  3. 3

    Pedir medidas urgentes si el niño está en riesgo

    Cuando hay peligro para el niño —violencia, abandono, consumo— no se espera todo el proceso: se piden medidas de protección inmediatas ante la Comisaría de Familia o el juez.

    Días

  4. 4

    Hacer cumplir lo que ya se decidió

    Si hay acta o sentencia y el otro padre la incumple, se pide al juez que la haga cumplir. El incumplimiento reiterado tiene consecuencias y pesa si después se discute la custodia.

Qué necesitas reunir

No hace falta tenerlo todo para escribirnos. Es lo que iremos pidiendo.

  • Registro civil de nacimiento del niño
  • Tu cédula
  • Acta de conciliación o sentencia anterior, si existe
  • Pruebas de tu vínculo con el niño: fotos, mensajes, constancias del colegio, citas médicas
  • Constancia de dónde vives y de tus ingresos
  • Cualquier prueba del riesgo, si lo hay: denuncias, informes médicos, testigos

Lo que NO debes hacer

Cada uno de estos errores le ha costado el caso a alguien.

  • ×Llevarse al niño a otra ciudad sin autorización. Puede constituir un delito.
  • ×Usar al niño para mandar mensajes al otro padre. Los jueces lo detectan y lo penalizan.
  • ×Dejar de ver al hijo «hasta que se arregle lo legal». Ese vacío después pesa en el proceso.
  • ×Condicionar las visitas al pago de la cuota. Son obligaciones independientes.
  • ×Grabar o interrogar al niño para usarlo como prueba. Suele resultar contraproducente.

Ya sabes la ruta.
Ahora hablemos de tu caso.

Esta guía sirve para orientarte, pero tu caso tiene detalles que solo se ven con los documentos en la mano. Escríbenos y lo revisamos.

Escribir por WhatsApp

O llama al 314 569 2806

Fundamento normativo

  • Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006) — interés superior del menor [VERIFICAR artículos]
  • Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012)

Esta guía es información general y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Cada situación tiene particularidades que solo se ven estudiando los documentos. Leerla no crea una relación abogado-cliente.

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