Sacar a un arrendatario solo se hace por vía judicial. Cambiar la cerradura, cortar los servicios o entrar por su cuenta puede volver al dueño el responsable. La buena noticia es que si el arrendatario no ha pagado, hay una regla que juega a favor del propietario: para poder defenderse debe demostrar que pagó o consignar lo que debe.
¿Esto es tu caso?
- Tu arrendatario lleva meses sin pagar
- Se venció el contrato y no entrega el inmueble
- Subarrendó sin tu permiso o le está dando otro uso
- Está dañando el inmueble
- Quieres el inmueble para vivir tú o para venderlo
Si te reconociste en una sola de estas, vale la pena que lo revisemos.
Te responde una persona, no un robot. La primera valoración no tiene costo.
Tu ruta, paso a paso
Así se maneja normalmente un caso como el tuyo.
- 1
Revisar el contrato y la causal
Se identifica por qué se puede terminar: mora, vencimiento, subarriendo, destinación distinta, daños. Cada causal tiene sus requisitos y algunas exigen preaviso con anticipación.
- 2
Requerir por escrito y dejar constancia
Se hace el requerimiento o el preaviso según la causal. En algunos casos es requisito para poder demandar, así que saltárselo devuelve el proceso al comienzo.
- 3
Demandar la restitución
Se demanda pidiendo la entrega del inmueble y el pago de los cánones adeudados. Si es por mora, el arrendatario solo puede defenderse si prueba el pago o consigna lo debido.
Meses
- 4
Diligencia de entrega
Con la sentencia se practica la entrega con apoyo de la autoridad. En paralelo se cobran los cánones y los servicios que quedaron pendientes.
Qué necesitas reunir
No hace falta tenerlo todo para escribirnos. Es lo que iremos pidiendo.
- Contrato de arrendamiento
- Certificado de tradición y libertad del inmueble
- Comprobantes de los pagos recibidos y de los meses no pagados
- Requerimientos o preavisos enviados, con constancia de entrega
- Recibos de servicios públicos
- Fotos del estado del inmueble
- Datos del arrendatario y de los codeudores
Lo que NO debes hacer
Cada uno de estos errores le ha costado el caso a alguien.
- ×Cambiar la cerradura o cortar los servicios. Convierte al dueño en infractor.
- ×Recibir pagos parciales sin dejar claro que no aceptas la mora.
- ×No hacer el preaviso en el tiempo que exige la causal.
- ×Arrendar sin contrato escrito ni codeudores.
- ×Dejar correr meses de mora esperando que se ponga al día.
Ya sabes la ruta.
Ahora hablemos de tu caso.
Esta guía sirve para orientarte, pero tu caso tiene detalles que solo se ven con los documentos en la mano. Escríbenos y lo revisamos.
Escribir por WhatsAppO llama al 314 569 2806
Fundamento normativo
- Ley 820 de 2003 — arrendamiento de vivienda urbana (norma anterior a 2015: verificar reformas)
- Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) — proceso de restitución
- Código Civil — contrato de arrendamiento [VERIFICAR artículos]
Esta guía es información general y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Cada situación tiene particularidades que solo se ven estudiando los documentos. Leerla no crea una relación abogado-cliente.