No pagar la cuota de alimentos, sin una razón que lo justifique, es un delito. Pero la clave está en esa palabra: sin justificación. Quien no pagó porque perdió el trabajo, se enfermó o quedó sin capacidad económica real, y puede probarlo, tiene una defensa. Lo que no funciona es no hacer nada.
¿Esto es tu caso?
- Te citaron por inasistencia alimentaria
- Debes varias cuotas y te denunciaron
- Perdiste el trabajo y no pudiste seguir pagando
- Tienes otros hijos que también dependen de ti
- Nunca te notificaron la cuota que supuestamente debías
Si te reconociste en una sola de estas, vale la pena que lo revisemos.
El tiempo corre en tu contra
El proceso penal sigue su curso con o sin defensa preparada. Y mientras tanto la deuda de alimentos sigue creciendo.
Ley 599 de 2000 y Ley 906 de 2004 [VERIFICAR]
Te responde una persona, no un robot. La primera valoración no tiene costo.
Tu ruta, paso a paso
Así se maneja normalmente un caso como el tuyo.
- 1
Probar por qué no pudiste pagar
Es el centro de la defensa. Terminación del contrato, incapacidades, historia clínica, otras obligaciones alimentarias. La falta de capacidad económica real, debidamente probada, cambia el caso.
- 2
Revisar si la cuota estaba bien fijada y notificada
Se verifica que exista acta o sentencia, que se haya notificado y que el monto corresponda a la capacidad de quien debe pagar. A veces el problema está en el origen.
- 3
Buscar el arreglo con la parte
Ponerse al día o llegar a un acuerdo de pago tiene un efecto real en el proceso. En este delito, resolver el fondo del asunto suele ser la mejor defensa.
- 4
Ajustar la cuota si no corresponde a tu realidad
En paralelo se puede pedir ante el juez de familia que se revise la cuota. Si cambió tu situación económica, la cuota debe cambiar: no se ajusta sola.
Qué necesitas reunir
No hace falta tenerlo todo para escribirnos. Es lo que iremos pidiendo.
- Acta de conciliación o sentencia que fijó la cuota
- Comprobantes de los pagos que sí hiciste
- Carta de despido o prueba de que perdiste el trabajo
- Incapacidades e historia clínica
- Registros civiles de tus otros hijos
- Prueba de tus ingresos y gastos actuales
Lo que NO debes hacer
Cada uno de estos errores le ha costado el caso a alguien.
- ×No asistir a las citaciones. Empeora la situación de inmediato.
- ×Pagar en efectivo sin comprobante. Después no se puede probar nada.
- ×No pedir la revisión de la cuota cuando cambió la situación económica.
- ×Creer que por no tener trabajo formal la obligación desaparece.
Ya sabes la ruta.
Ahora hablemos de tu caso.
Esta guía sirve para orientarte, pero tu caso tiene detalles que solo se ven con los documentos en la mano. Escríbenos y lo revisamos.
Escribir por WhatsAppO llama al 314 569 2806
Fundamento normativo
- Ley 599 de 2000 — inasistencia alimentaria [VERIFICAR artículo y penas vigentes]
- Ley 906 de 2004 — Código de Procedimiento Penal
- Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006)
Esta guía es información general y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Cada situación tiene particularidades que solo se ven estudiando los documentos. Leerla no crea una relación abogado-cliente.